El tribunal superior de Xustiza de Galicia considera el fallecimiento fetal en el cálculo de la pensión de la madre

// Salud Mental Perinatal
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha emitido un fallo a favor de aplicar el complemento por maternidad en las pensiones de las mujeres embarazadas incluso si el embarazo no es evolutivo y no llega a buen término. Esta decisión va en contra de lo sostenido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y por la Tesorería General de la Seguridad Social y tiene el objetivo de reducir la brecha en las pensiones contributivas entre hombres y mujeres.

El pasado 15 de octubre el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) se sumó a las resoluciones de otras comunidades autónomas al fallar a favor de que el fallecimiento fetal se tenga en cuenta para calcular la pensión de jubilación de la madre.

La resolución del TSXG rechaza el planteamiento del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), organismos que sostienen que el fallecimiento fetal no cuenta como hijo/a a los efectos de reconocimiento y, por lo tanto, no debe repercutir en la cuantía del complemento por maternidad en las pensiones contributivas.

En el fallo emitido se especifica que el complemento por maternidad en las pensiones contributivas está concebido como una medida específica a favor de las mujeres para “corregir situaciones patentes de desigualdad respecto a los hombres”. Además, los jueces sostienen que esta discriminación afecta a las mujeres desde el inicio del embarazo, independientemente de si éste es evolutivo y llega a buen término o no. Por este motivo, mantienen que se debe aplicar el complemento si el feto fallece antes de nacer, a fin de compensar dicha discriminación y reducir una brecha que se manifiesta en los salarios y, consecuentemente, en las pensiones de jubilación.

La brecha salarial era más evidente años atrás cuando no se consideraba el complemento por maternidad, lo que impactaba en la pensión de jubilación de las madres. Por lo tanto, con la intención de reducir la brecha pensional, derivada de la brecha salarial, se han adoptado medidas para aplicar el complemento por maternidad, como tener en consideración fallecimiento fetal, entendido como el desprendimiento del seno materno pasados los 180 días de gestación.

Enlace utilizado para la elaboración de la noticia:

https://www.eldiario.es/galicia/tribunal-superior-galicia-establece-nacimiento-hijo-muerto-cuenta-calcular-pension-madre_1_8465507.html

https://www.europapress.es/galicia/noticia-tsxg-decreta-nacimiento-hijo-muerto-cuenta-hora-calcular-pension-jubilacion-madre-20211106103255.html

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